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PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA  DE EL ORO
                                                                                                                                                 PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA  DE EL ORO


          2.3.  Análisis estratégico territorial por Capacidad de Uso de la Tierra                                                      Son áreas que deben mantenerse  con páramo,
                                                                                                                                        vegetación arbustiva, arbórea o cualquier cobertura
                                                                                                                                        natural  que proteja  de la erosión,  mantenga  la vida
        La capacidad de uso de la tierra se entiende como la determinación, en términos físicos, del soporte que tiene                  silvestre y fuentes de agua. Son tierras con las más severas
        una unidad de tierra para ser utilizada. La capacidad de uso de las tierras se encuentra dirigida a conocer las   Clase VIII    limitaciones; corresponden  generalmente  a pendientes   Conservación
        potencialidades y limitaciones desde el punto de vista de la explotación agro productiva, que permita recomendar                superiores  al 70%. Independiente  de sus limitaciones
        su mejor aprovechamiento con miras a elevar la productividad y dotar de un uso adecuado a un territorio. (Caja                  solas  o combinadas  no presentan condiciones para su
        de Herramientas Planifica Ecuador 2019)                                                                                         utilización con actividades agrícolas o pecuarias.


                                                                                                                         Tabla 1. Definiciones de CUT
         DEFINIDICIONES DE CUT                                                                                           Fuente: Caja de Herramientas Planifica Ecuador 2019
                                                                                                                         Elaboración: Equipo Consultor
              Clase                          Descripción                                         CUT

                       Son tierras arables que pueden ser utilizadas  para el                                            Propuesta de categorías de uso de suelo para ordenamiento territorial
                       desarrollo  intensivo de  actividades agrícolas,  pecuarias  Agrícola,  Pecuaria,  Agropecuaria  o
         Clase I
                       o  forestales adaptadas ecológicamente  a la zona,  no  Forestal sin limitaciones                 En base al análisis de características como la pendiente, profundidad del suelo, uso potencial, uso actual, cobertura
                       presentan limitaciones, ni peligro de erosión hídrica.                                            vegetal, conflictos de uso, población total, densidad poblacional, porcentajes de servicios básicos deficitarios,
                                                                                                                         ocupaciones por rama de actividad entre, otras variables estratégicas, se determinó que el territorio de la provincia
                       Son tierras arables que pueden ser utilizadas  para el                                            de El Oro puede clasificarse en 10 categorías de ordenación, las cuales son:
                       desarrollo de actividades agrícolas, pecuarias o forestales
         Clase II      adaptadas  ecológicamente  a la zona,  requieren  Agrícola,  Pecuaria,  Agropecuaria  o
                       prácticas de manejo más cuidadoso que los suelos de la  Forestal con ligera limitación.           1.  Área de protección ambiental. - Son áreas que deben mantenerse con páramo, vegetación arbustiva, arbórea
                       Clase I, son tierras con ligeras limitaciones, con pendientes                                         o cualquier cobertura natural que proteja de la erosión, mantenga la vida silvestre y fuentes de agua. Son
                       menores al 5 %.                                                                                       tierras (COT VIII) con las más severas limitaciones; corresponden a pendientes superiores al 50%. Independiente
                                                                                                                             de sus limitaciones solas o combinadas no presentan condiciones para su utilización con actividades agrícolas
                       Son tierras arables, en las cuales se reduce la posibilidad
                       de elección  de cultivos anuales a desarrollar o se                                                   o pecuarias, según definición USDA-LCC, 2004. Su extensión total es de 153.834,53 ha. Y corresponden al 26,83
                       incrementan  los costos de producción  debido a la  Agrícola,        Pecuaria,   Agropecuaria         % del territorio.
         Clase III     presencia de ligeras a moderadas limitaciones, por lo que  o  Forestal  con  ligera  a moderadas   2.  Conservación Forestal  para manejo de taludes.  - Considerada por  todas aquellas áreas dedicadas
                       existe la necesidad de usar prácticas de manejo de suelo  limitaciones.                               exclusivamente a Servicios Ambientales, se considerará el valor de los hábitats faunísticos y se prohibirá la
                       y agua. Generalmente  se encuentran  en pendientes                                                    liberación de especies animales exóticas a la fauna autóctona del cantón. Su extensión total es de 138.720,58
                       menores al 12 %.                                                                                      ha. Y corresponden al 24,19 % del territorio.
                                                                                                                         3.  Áreas de protección de fuentes hídricas.  - Considerada por  todas aquellas áreas dedicadas a Servicios
                       Son tierras arables que requieren un tratamiento especial                                             Ambientales, en estas se evitará, rellenos, canalización y aterramiento de cauces naturales y se procurará
                       en  cuanto  a las labores de maquinaria o  permiten  un                                               protegerlas y su integración al sistema de zonas verdes. Su extensión total es de 15.730,76 ha. Y corresponden
                       laboreo  ocasional para evitar la erosión  hídrica. Se  Agrícola,  Pecuaria,  Agropecuaria  o         al 2,74 % del territorio.
         Clase IV
                       restringe el establecimiento de cultivos intensivos y admite  Forestal con severas limitaciones.  4.  Suelo Rural de producción agropecuaria o minera restringida a pendiente. - Considera por todas aquellas áreas
                       cultivos siempre y cuando se realicen prácticas de manejo                                             en donde la realización tipológica de las actividades agropecuarias o mineras quedaran sujetas de modo
                       y conservación.                                                                                       obligatorio al establecimiento de las normas y políticas que se establezcan en el marco del ordenamiento
                                                                                                                             territorial  del presente  Plan  de  Desarrollo  y Ordenamiento  Territorial,  incorporando  en  ello  actividades de
                                                                                                                             reforestación y silvicultura. Su extensión total es de 37.131,59 ha. Y corresponden al 6,48 % del territorio.
                       Esta clase agrológica  es de uso limitado, las tierras                                            5.  Áreas de producción agropecuaria efectiva.  -  Comprendida  por  todas  aquellas áreas  cuya vocación
                       requieren de un tratamiento muy especial en cuanto a     Agrícola,   Pecuaria,   Agropecuaria         productiva permitirá generar una soberanía alimentaria, existen ciertas restricciones en áreas inestables. Su
                       las labores con maquinaria ya que presentan limitaciones                                              extensión total es de 92.998,09 ha. Y corresponden al 16,22 % del territorio.
         Clase V                                                                o  Forestal  con  ligera  a moderadas
                       difíciles de eliminar en  la práctica, se reduce  el uso  de   limitaciones.                      6.  Suelo Rural de áreas protegidas para manejo y conservación de Manglar. - Considerada por todas aquellas
                       cultivos anuales, permanentes y semipermanentes a unos                                                áreas dedicadas exclusivamente al manejo y conservación de Manglar, se considerará el valor de los hábitats
                       pocos aptos por las severas condiciones físicas.                                                      y se prohibirá la deforestación del manglar, Su extensión total es de 22.443,13 ha. Y corresponden al 3,91 % del
                                                                                                                             territorio.
                       Son  tierras  no  arables con  severas limitaciones para  el                                      7.  Suelo Rural de producción agropecuaria o minera en cuenca baja hidrográfica. - Considera por todas aquellas
                                                                                                                             áreas en donde la realización tipológica de las actividades agropecuarias o mineras en las cuencas bajas de
         Clase VI      riego,  aptas para su aprovechamiento  con pastos y  Agrícola,  Pecuaria,  Agropecuaria  o            los ríos, de igual manera quedaran sujetas de modo obligatorio al establecimiento de las normas y políticas
                       especies forestales, ocasionalmente  pueden  incluirse  Forestal con muy severas limitaciones.
                       cultivos permanentes.                                                                                 que se establezcan en el marco del ordenamiento territorial del presente Plan de Desarrollo y Ordenamiento
                                                                                                                             Territorial, incorporando en ello actividades de reforestación y protección ambiental. Su extensión total es de
                       Son tierras no arables, que presentan fuertes limitaciones                                            102.238,22 ha. Y corresponden al 17,83 % del territorio.
                       para el laboreo,  especialmente por la pendiente. Las                                             8.  Área rural para la expansión urbana.  - Comprendida  por  todas aquellas áreas que permiten  la expansión
         Clase VII     condiciones de esta clase se reducen al aprovechamiento  Aprovechamiento Forestal                     urbana, pero con obras de prevención de inundaciones. Su extensión total es de 1523,36 ha. Y corresponden
                       forestal,  la inclusión de otras actividades  degrada sus                                             al 0,27 % del territorio.
                       condiciones físicas.                                                                              9.  Área  urbana. - Comprendida por todas aquellas  áreas urbanas. Su extensión  total es de 8.770,54  ha. Y
                                                                                                                             corresponden al 1,53 % del territorio.






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